18 may 2011

Transparencia Hípica: El caso de Puerto Rico.

Administración de la Industria y el Deporte Hípico.

BASE LEGAL

La Ley Núm. 83 de 2 de julio de 1987, según enmendada, conocida como "Ley de la Industria y el Deporte Hípico de Puerto Rico", crea la Administración de la Industria y el Deporte Hípico. Conforme al Plan de Reorganización Núm. 4 de 22 de junio de 1994 , según enmendado, se crea el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio y se adscribe a dicho Departamento la Administración de la Industria y el Deporte Hípico. Mediante la Ley Núm. 129 de 23 de julio de 1974, según enmendada, se crea la Escuela Vocacional Hípica bajo la supervisión del Administrador Hípico.

MISIÓN

Supervisar, fiscalizar y fortalecer la actividad hípica en Puerto Rico, así como ofrecer espectáculos de calidad dentro de un marco de confiabilidad. Esto con miras a proteger la inversión y mantener la confianza del público apostador y de las entidades que participan de la industria-deporte.

VISIÓN

Velar por la transparencia y pureza de los procesos en la actividad hípica, a fin de restituir el fervor y la confianza en el deporte-industria.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

La Administración de la Industria y el Deporte Hípico se compone de las siguientes unidades organizacionales:



• División de Asistencia Técnica y Asesoramiento Químico

• División de Correspondencia y Archivo

• División de Investigaciones y Seguridad Hípica

• División de Jurado Hípico

• División de Registros y Licencias

• División de Secretaría de Carreras

• División de Servicios Generales

• División de Veterinaria

• Escuela Vocacional Hípica-Agustín Mercado Reverón

• Junta Hípica

• Oficina de Asesoramiento Legal

• Oficina de Auditoría

• Oficina de Prensa y Comunicaciones

• Oficina de Presupuesto y Finanzas

• Oficina de Recursos Humanos

• Oficina del Administrador

• Oficina del Sub Administrador

LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA

La Administración de la Industria y el Deporte Hípico cuenta con una oficina central localizada en la Urb. Club Manor, en la Ave. 65 de Infantería, Esquina calle Rafael Arcelay, en Río Piedras. Por otra parte, el Jurado Hípico, la Secretaría de Carreras, la Unidad de Veterinaria y la Escuela Vocacional Hípica Agustín Mercado Reverón, están ubicadas en los predios del Hipódromo Camarero en Canóvanas.

ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA

• Dirección y Administración General

• Formulación y Supervisión de las Carreras

• Reglamentación y Supervisión de Hipódromos y Planificación de Carreras

• Supervisión de la Escuela Vocacional Hípica- Agustín Mercado Reverón

PROGRAMAS

DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN GENERAL

Descripción del Programa

Planifica, supervisa, brinda apoyo y realiza auditorías a las actividades de los programas operacionales. Es responsable de imponer sanciones y multas administrativas contra personas o entidades que violen la Ley Hípica y el Reglamento Hípico. Tiene a su cargo la supervisión de la Escuela Vocacional Hípica - Agustín Mercado Reverón. Fomenta oportunidades de empleos directos e indirectos a sectores de Comunidades Especiales. Colabora con el sector agrícola mediante la siembra de pasto y crianzas de pura sangre.

Objetivos

• Desarrollar y fomentar el hipismo puertorriqueño a fin de que la fanaticada tenga plena confianza en el deporte, ofreciendo espectáculos de calidad con todas las garantías que la Ley Hípica y el Reglamento Hípico provee.

• Garantizar la pureza del deporte y de los procesos administrativos, actuando con firmeza y dinamismo en defensa del público apostador.

• Inspeccionar y monitorear la operación del Hipódromo para adoptar las medidas necesarias, la seguridad física, económica y social de las personas relacionadas con la industria y el deporte hípico, corregir deficiencias en plazos determinados.

• Impulsar la crianza de ejemplares de carreras, estimulando la creación de nuevos empresarios y estableciendo un pabellón de subastas, que facilite el mercado de potros nativos.

• Habilitar un área en la empresa operadora para albergar el personal indigente que reside y trabaja en los predios del Hipódromo, a los estudiantes citados fuera del Área Metropolitana y el personal participante de los eventos hípicos especiales. Estas facilidades conocidas como "barracas" tendrán a la disposición duchas, baños, comedor y camas literas.

FORMULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LAS CARRERAS

Descripción del Programa

Prepara los programas de carreras de acuerdo con el Plan de Carreras Anual, realiza evaluación médica para diagnosticar la condición física de los ejemplares de carreras. Supervisa la celebración de los eventos oficiales y certifica los resultados. Fiscaliza el sistema de jugadas y apuestas y regula el uso de sustancias y medicamentos en los ejemplares de carreras, conforme al Reglamento de Medicación Controlada. Mantiene los registros de todos los ejemplares de carreras activos e inactivos, potros nativos y la importación de caballos a la Isla. Expide licencia a toda persona natural o jurídica para autorizar su participación de la actividad hípica.

Objetivos

• Garantizar la pureza e imparcialidad de los procesos en todos los casos relacionados con la celebración de las carreras.

• Custodiar y enviar las muestras de sangre y orina tomadas a los ejemplares por el médico veterinario, al laboratorio contratado con el fin de autorizar el pago de los caballos ganadores.

• Completar y actualizar registros e inscripciones de los ejemplares pura sangre haciendo constar la genealogía, filiación, propiedad y los elementos esenciales a su protección jurídica. Mantener registros e inscripciones de toda persona participante de la actividad hípica.

Clientela

Hípico, apostador y persona participante de la actividad hípica con licencia autorizada, entre ellos: dueños, criadores, mozos de cuadra, galopadores, herreros, jinetes, veterinarios, apoderados, potreros, entrenadores, agente de jinetes, agentes hípicos y asistentes de veterinarios, entre otros.

REGLAMENTACIÓN Y SUPERVISIÓN DE HIPÓDROMOS Y PLANIFICACIÓN DE CARRERAS

Descripción del Programa

Reglamenta el deporte hípico y establece los requisitos que deberá reunir todo hipódromo en Puerto Rico, conforme a sus facultades cuasi-judiciales y cuasi-legislativas. Otorga, suspende o cancela licencias a los dueños de hipódromos. Revisa las decisiones por violación de las leyes y reglamentos, que decide la Administradora.

Objetivos

• Celebrar vistas, convocar sesiones, citar testigos, tomar juramentos, obligar la comparecencia de testigos, presentación de documentos y otras pruebas que se consideren esenciales sobre aquellos asuntos de incumplimiento con la Ley y el Reglamento de la Administración.

• Autorizar expresamente los días, en que el Hipódromo habrá de celebrar los eventos de carreras, disponiendo un mínimo de 208 días de carreras en el año.

SUPERVISIÓN DE LA ESCUELA VOCACIONAL HÍPICA-AGUSTÍN MERCADO REVERÓN

Descripción del Programa

Brinda la disponibilidad al deporte y la industria, el personal competente y capacitado, a fin de profesionalizar la industria y ayuda a su crecimiento en Puerto Rico y América Latina, que provee educación con formalidad académica y capacitación en todas las áreas concernientes de la industria hípica. Garantiza una educación encaminada al desarrollo de los talentos y destrezas para contribuir a la realización personal, económica y social del participante. Amplía los ofrecimientos académicos, a fin de que aumente la fuerza laboral. Fortalece los estudios vocacionales especializados. Promueve mayores empleos. Minimiza la deserción escolar, el analfabetismo, y brinda la oportunidad de que el estudiante obtenga su Diploma de Cuarto Año.

Objetivos

• Proveer las herramientas académicas para lograr que obtengan su Diploma de Escuela Superior y el dominio de las destrezas de escritura y lectura, para que puedan desempeñarse en el escenario de la industria hípica y la sociedad.

• Ofrecer oportunidades de educación y empleo a la clientela de Comunidades Especiales, desertores escolares, jóvenes y adultos de bajos niveles de pobreza, con el fin de continuar los servicios y el desarrollo de nuestra Escuela, para alcanzar la estabilidad del deporte hípico en general.

Clientela

Ciudadanos aspirantes a convertirse en jinetes, entrenadores, herreros, mozos de cuadras, domadores, técnicos de medicina ecuestre y galopadores.

PRESUPUESTO RECOMENDADO PARA EL AÑO FISCAL 2011-2012

El presupuesto consolidado recomendado para el año fiscal 2011-2012 asciende a $4,036,000. Los recursos incluyen: $2,644,000 provenientes de la Resolución Conjunta del Presupuesto General y $1,392,000 de Fondos Especiales Estatales.

Los gastos de funcionamiento reflejan una disminución de $113,000 en comparación con los recursos asignados para el año fiscal 2010-2011. Esta disminución se debe principalmente a las medidas implantadas para la reducción y control del gasto público mediante alternativas de retiro temprano, retiro incentivado, entre otros.

El Fondo Especial Estatal se nutre del 40% de los premios no reclamados y de las penalidades impuestas en el Reglamento Hípico del 29 de enero de 1990, esto por concepto de multas y otorgación de licencias para participar de la actividad hípica, según dispuesto en la Ley Núm. 56 de 11 de agosto de 1994.

Fuente: Administración de la Industria y el Deporte Hípico.

1 comentario:

Anónimo dijo...

una dsiculpa pero no entiendo para que sriven este articulo y el de venezuela